Prisión ante deudas


Por no cumplir una deuda es imposible que una persona sea llevada a prisión, ello porque esta prohibido según articulo 27 inciso segundo de la Constitución de la Republica.

Contáctanos a/en:

Teléfono: +503 7510 6919
Correo Electrónico: legalchavez@outlook.es
Local San Salvador: Edificio Pipil, local 21, Autopista norte y 21 av. Norte, Colonia Layco, SS.
Local San Miguel: 10 calle Oriente, local 402, Barrio La Cruz.


Consultoría Legal Chávez.

¡Un abogado cuando lo necesites!

Comentarios

Entradas populares de este blog

Limite de terreno

Violencia Intrafamiliar

Entidades que atienden denuncias de Violencia Intrafamiliar